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Código General del Proceso Artículo 168. Rechazo de plano

    El juez rechazará, mediante providencia motivada, las pruebas ilícitas, las notoriamente impertinentes, las inconducentes y las manifiestamente superfluas o inútiles.

    Aparte del Art 168 Código General del Proceso de Colombia, Continue con los siguientes artículos:

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