Constitución Política de Colombia Artículo 41.
En todas las instituciones de educación, oficiales o privadas, serán obligatorios el estudio de la Constitución y la Instrucción Cívica. Así mismo se fomentarán prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de… Leer más »Constitución Política de Colombia
Artículo 41.