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Demanda De División Material (Ley 1564 De 2012) Word/PDF

Demanda de División Material (LEY 1564 DE 2012)

    La división material de bienes inmuebles es un proceso judicial que se utiliza para dividir un bien inmueble en partes iguales entre sus copropietarios. En Colombia, este proceso se encuentra regulado por los artículos 406 a 418 del Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012).

    ¿Qué es la minuta de demanda división material Ley 1564 de 2012?

    La minuta de demanda de división material Ley 1564 de 2012 es un documento que contiene un borrador de una demanda de división material de bienes inmuebles. Este documento debe cumplir con los requisitos establecidos en el Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012), que regula el proceso de división material de bienes.

    Como hacer la demanda

    Para redactar una demanda de división material de bienes inmuebles en Colombia, es importante tener en cuenta los siguientes elementos:

    • Los hechos: El escrito debe contener una exposición clara y concisa de los hechos que dieron lugar al proceso. En este caso, se debe indicar que los copropietarios son propietarios de un bien inmueble en común, que cada uno de ellos tiene una cuota de propiedad determinada, y que han surgido desavenencias entre ellos que impiden la explotación y aprovechamiento del inmueble.
    • Las pretensiones: El escrito debe indicar las pretensiones que el demandante solicita al juez. En este caso, las pretensiones son la declaratoria de copropietarios, la división material del bien inmueble, el avalúo de la finca y de las mejoras, la designación de un partidor, el registro de la partición y la sentencia aprobatoria, y el reconocimiento del derecho de retención del demandante si la parte de la finca que le corresponda en la partición no es donde se encuentran las mejoras.
    • El fundamento de derecho: El escrito debe indicar las normas jurídicas que fundamentan las pretensiones del demandante. En este caso, las normas jurídicas que fundamentan las pretensiones son los artículos 406 a 418 del Código General del Proceso.

    Modelo de demanda de división material (LEY 1564 DE 2012)

    Señor JUEZ CIVIL MUNICIPAL (REPARTO) E. S. D.

    Ref: DEMANDA DE DIVISIÓN MATERIAL

    Demandante:

    Demandado:

    Asunto: Presentación de demanda

    Yo…, mayor de edad, domiciliado y residente en esta ciudad, identificado con la cédula de ciudadanía No… de…, abogado titulado con tarjeta profesional No… del Consejo Superior de la Judicatura, obrando en nombre y representación del señor…, según poder que adjunto, respetuosamente comparezco ante su despacho para presentar demanda de división material contra el señor…, también mayor de edad, domiciliado y residente en esta ciudad, con base en los siguientes:

    HECHOS

    • PRIMERO: El señor…. y el señor…. son copropietarios, en común y proindiviso, del predio rural denominado…., ubicado en la vereda…. del municipio de…., con una extensión superficial de…. hectáreas, alinderado así:…….
    • SEGUNDO: El inmueble objeto de la presente demanda fue adquirido por los demandantes mediante escritura pública No… de fecha… otorgada en la Notaría… de…., por medio de la cual el señor…. les vendió el predio en mención. Dicha escritura fue registrada en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de… bajo el folio de matrícula inmobiliaria No…
    • TERCERO: De conformidad con el título de adquisición, el señor ……………………. es propietario de una cuota parte en el predio rural… equivalente al sesenta por ciento (60%), y el señor…. de una cuota parte igual al cuarenta por ciento (40%).
    • CUARTO: Con el consentimiento del señor ……………………., el señor ……………………. realizó, a su costa, las siguientes mejoras necesarias, útiles y voluptuarias en el predio rural…
    • QUINTO: Debido al aprovechamiento y explotación del inmueble, especialmente por el turismo, surgieron desavenencias entre los copropietarios, las cuales impidieron llegar a un acuerdo para repartir amigablemente el predio. Asimismo, el señor… manifestó su interés de comprar la cuota parte del señor…, pero no ofreció un precio justo ni acorde con el valor comercial del inmueble.

    PRETENSIONES

    Con fundamento en los hechos expuestos, solicito respetuosamente a su despacho que, previos los trámites de un proceso declarativo especial, reglamentado en los artículos 406 al 418 del Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012), profiera sentencia definitiva que haga tránsito a cosa juzgada, con las siguientes declaraciones y condenas:

    PRIMERA: Decretar la división material del predio rural ……………………., ubicado en la vereda ……………………. del municipio de ……………………., en proporción al sesenta por ciento (60%) para el señor ……………………. y al cuarenta por ciento (40%) para el señor …………………….

    SEGUNDA: Ordenar el avalúo del predio rural ……………………. y de las mejoras realizadas por el señor ……………………. de manera separada, por medio de un perito experto designado por el juez o por las partes de común acuerdo.

    TERCERA: Designar, si no lo hicieren de común acuerdo las partes, el partidor correspondiente, quien deberá presentar el proyecto de partición dentro del término legal.

    CUARTA: Ordenar registrar la partición y la sentencia aprobatoria en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de ……………………. y abrir las correspondientes cédulas catastrales en la oficina de …………………….

    QUINTA: Disponer que el valor de las mejoras de propiedad del señor ……………………., si la parte del predio que le corresponda en la partición no es donde las mejoras se hallan, le sea pagado por el señor ……………………., reconociendo, en tal caso, el derecho de retención del señor ……………………. mientras ese valor no se cancele.

    SEXTA: En subsidio de la división material, decretar la venta en pública subasta del predio rural ……………………., previo el avalúo cuya base de postura será el valor total.

    SÉPTIMA: Hecho el remate y una vez registrado y entregado el predio al rematante, dictar la sentencia aprobatoria y de distribución del precio entre el señor ……………………. y el señor ……………………., en proporción al sesenta por ciento (60%) para el primero y al cuarenta por ciento (40%) para el segundo.

    FUNDAMENTOS DE DERECHO

    La presente demanda se fundamenta en las siguientes normas jurídicas:

    • Artículo 2321 del Código Civil, que establece que la copropiedad o comunidad se da cuando una cosa o un derecho pertenecen proindiviso a varias personas.
    • Artículo 2329 del Código Civil, que dispone que todo comunero tiene derecho para pedir en cualquier tiempo la división de la cosa común, salvo pacto en contrario o disposición legal que lo prohíba.
    • Artículo 2330 del Código Civil, que señala que la división se hará por los comuneros de común acuerdo, o por el juez en subsidio, según las reglas prescritas en el título De la partición de bienes.
    • Artículo 406 del Código General del Proceso, que regula el proceso declarativo especial para la división de bienes comunes, y que establece que la demanda deberá contener los requisitos generales y además la individualización del bien o de los bienes objeto de la división, la prueba del título que acredite la calidad de comunero y la cuota parte que le corresponde, y la designación del partidor, si lo hubiere.
    • Artículo 407 del Código General del Proceso, que determina que el juez admitirá la demanda, ordenará su notificación al demandado y al partidor, si fuere el caso, y dispondrá la práctica del avalúo del bien o de los bienes por perito designado por él o por las partes de común acuerdo.
    • Artículo 408 del Código General del Proceso, que indica que el partidor deberá presentar el proyecto de partición dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que se le notifique el auto que lo designa, y que el proyecto deberá contener la descripción y la adjudicación de los bienes, la liquidación de las expensas y mejoras, y la compensación de las cuotas partes, si fuere el caso.
    • Artículo 409 del Código General del Proceso, que establece que el juez ordenará fijar en lista el proyecto de partición por el término de diez días, dentro de los cuales las partes podrán formular observaciones o tachas, y que vencido este término, el juez resolverá sobre las mismas y aprobará el proyecto, si fuere procedente, o lo devolverá al partidor para que lo corrija o complete.
    • Artículo 410 del Código General del Proceso, que dispone que si el bien o los bienes no fueren susceptibles de división material, o si esta resultare inconveniente, el juez ordenará su venta en pública subasta, previo el avalúo cuya base de postura será el valor total, y que hecho el remate y una vez registrado y entregado el bien al rematante, el juez dictará la sentencia aprobatoria y de distribución del precio entre los comuneros, en proporción a sus cuotas partes.
    • Artículo 411 del Código General del Proceso, que señala que la sentencia que apruebe la partición o la venta del bien.

    FUNDAMENTOS DE DERECHO DEMANDA DE DIVISIÓN MATERIAL (LEY 1564 DE 2012)

    La presente demanda se fundamenta en las siguientes normas jurídicas:

    Para demostrar los hechos y fundamentos de derecho de la presente demanda, solicito al despacho tener como pruebas las siguientes:

    • Copia auténtica de la escritura pública No. ……………………. de fecha ……………………. otorgada en la Notaría…. de…, por medio de la cual el señor ……………………. vendió el predio rural ……………………. a los señores ……………………. y …………………….
    • Certificado de tradición y libertad del predio rural ……………………. expedido por la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de …………………….
    • Copia de los recibos de pago de los impuestos prediales del predio rural ……………………. correspondientes a los últimos cinco años.
    • Copia de los documentos que acrediten las mejoras realizadas por el señor ……………………. en el predio rural ……………………., tales como facturas, contratos, permisos, etc.
    • Testimonios de los señores ……………………. y ……………………., quienes declararán sobre las desavenencias entre los copropietarios y el interés del señor ……………………. de comprar la cuota parte del señor …………………….
    • Dictamen pericial sobre el avalúo del predio rural ……………………. y de las mejoras realizadas por el señor ……………………., el cual deberá ser practicado por un perito experto designado por el juez o por las partes de común acuerdo.
    • COMPETENCIA

    El despacho es competente para conocer de la presente demanda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 numeral 7 del Código General del Proceso, que establece que corresponde a los jueces civiles municipales conocer en primera instancia de los procesos de división de bienes comunes, cuando el valor de los mismos no exceda de 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

    CUANTÍA

    La cuantía de la presente demanda se estima en ……………………. pesos ($ …………………….), que corresponde al valor comercial del predio rural ……………………. según el avalúo catastral vigente.

    ANEXOS

    Con la presente demanda me permito anexar los siguientes documentos:

    Copia de la cédula de ciudadanía del demandante y del apoderado.
    Copia de la tarjeta profesional del apoderado.
    Poder otorgado por el demandante al apoderado.
    Copia de la demanda y sus anexos para el archivo del juzgado y para el traslado al demandado.
    NOTIFICACIONES

    El demandante y su apoderado se notificarán en la siguiente dirección: ….

    El demandado podrá ser notificado en la siguiente dirección: …………………….

    Del señor Juez,

    Atentamente,

    …………………. C.C. No. …………………… de ……………………. T.P. No. …………………… del C.S.J. Apoderado del demandante

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